Compensación para Víctimas de California (CalVCB) y Restitución
De acuerdo con la ley de California
De acuerdo con la ley de California (secciones 13959-13969.3 del Código de Gobierno), las víctimas de delitos que reúnan los requisitos necesarios pueden recibir ayuda económica por las pérdidas resultantes de un delito, cuando éstas no puedan ser reembolsadas por otras fuentes. La Junta de Compensación de Víctimas y Reclamaciones Gubernamentales de California administra la Junta de Compensación de Víctimas de California (CalVCB).
La División de Servicios para Víctimas del Condado de Napa puede ayudar a las víctimas con las solicitudes de CalVCB y puede proporcionar información sobre otros recursos para la posible recuperación de pérdidas.
¿Quién es elegible para recibir ayuda?
La División de Servicios para Víctimas del Condado de Napa puede ayudar a las víctimas con las solicitudes de CalVCB y puede proporcionar información sobre otros recursos para la posible recuperación de pérdidas.
- La víctima debe ser residente de California en el momento del delito y/o el delito deber de ver ocurrido en Californi aún si la víctima no es residente de California.
- Cooperar razonablemente con la policía y los funcionarios del tribunal para detener y procesar al delincuente (pueden aplicarse excepciones).
- Cooperar con el personal de CalVCB.
- No haber estado involucrado en los acontecimientos que condujeron al delito.
- Haber cometido un delito que pueda ser imputado como delito grave en el momento en que ocurrió el delito calificado.
- Presentar la solicitud dentro de siete años después del delito, siete años después de que la víctima directa cumpla 21 años de edad, o siete años desde que el delito pudo haber sido descubierto, lo que sea posterior.
Cobertura de Pérdidas
El programa pudiera cubrir las siguientes pérdidas:
- Tratamiento médico/dental
- Consejería de salud mental
- Pérdida de ingresos, si la víctima queda incapacitada a causa del delito
- Pérdida de sustento, para los dependientes cuando la víctima es asesinada o incapacitada a causa del delito
- Gastos de funerarios
- Reentrenamiento laboral
- Modificaciones en el hogar o en el vehículo, si la víctima está discapacitada a causa del delito
- Seguridad del hogar, si el delito ocurrió en casa
- Reubicación de emergencia
- Limpieza de la escena del crimen, cuando un homicidio ocurre en la casa de alguien
- Equipos médicos necesarios, como sillas de ruedas, gafas y audífonos
Pérdidas no cubiertas
Los siguientes gastos no pueden ser pagados por el programa:
- Cualquier gasto pagado por su seguro u otra fuente
- Bienes perdidos, dañados o robados
- Dolor y sufrimiento
- Una persona que esté en libertad condicional, en libertad bajo palabra, en la cárcel o en prisión no puede recibir compensación del programa por ningún gasto.
Para obtener más información sobre el Programa de Compensación a las Víctimas, póngase en contacto con la Junta de Compensación a las Víctimas de California llamando al 800-777-9229 o Servicios Para Víctimas de la Fiscalía del condado de Napa al 707 299-1414. También hay información disponible en CalVCB – CA Victim Compensation Board.
Restitución
Definición: "Una orden directa de restitución otorgada por el juez de sentencia puede ser cobrada en nombre de la víctima del crimen por cualquier pérdida económica; gastos médicos, funerarios o de consejería. Solicitud de Servicios para la Víctima (CDCR 1707)".
Usted tiene el derecho de presentar una solicitud de restitución por cualquier pérdida directa incurrida como resultado de un crimen.
Si usted es la víctima del crimen, el pariente más cercano de la víctima, o un testigo, puede usar el formulario 1707 del CDCR para solicitar notificaciones relacionadas con el recluso adulto en la prisión, solicitar condiciones especiales de libertad condicional del recluso cuando éste sea liberado de la prisión, o proporcionar al Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California (CDCR) su información para que cualquier restitución ordenada por la corte y recolectada por la prisión pueda ser enviada a usted. Póngase en contacto con el Departamento de Correcciones y Rehabilitación de California para obtener más información.